Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1061/2017-S2
Fecha: 09-Oct-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia que la autoridad judicial demandada, no obstante que por Auto de 28 de abril de 2017, se declaró incompetente para conocer y resolver el proceso de resolución inmediata de autorización de venta de bienes de menores, no se inhibió ni remitió dicho proceso ante el Tribunal Departamental de Justicia de Potosí para su reenvío ante la autoridad judicial competente, a pesar de habérsele intimado para que lo haga por escrito de 24 de julio de 2017, incumpliendo de esa manera con lo dispuesto en los arts. 14.III, 108.I y 410 de la CPE; 219 y 223.IV del CFPF.
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1
- II.2
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento
- III.2. Improcedencia de la acción de cumplimiento
- Incumplimiento de deberes procesales, directamente vinculados a un proceso jurisdiccional
- III.3. La necesaria modulación de los efectos de las Sentencias Constitucionales en el tiempo
- III.4. Análisis del caso en concreto
- dimensionar