SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1063/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1063/2017-S1

Fecha: 03-Oct-2017

a)

El accionante a través de su abogada ratificó el contenido del memorial de acción de libertad, y ampliando la misma manifestó que: a) Todo funcionario judicial tiene el deber de conocer la Constitución Política del Estado, más específicamente lo dispuesto en sus arts. 108 y 410; y, b) La autoridad demandada, sin cumplir lo dispuesto en el art. 415.II.9 del Código de las Familias y Proceso Familiar,  determinó librar en su contra mandamiento de apremio, mediante Auto interlocutorio  73 de 24 de julio de 2017, actuado procesal que no le fue notificado y que es producto de un proceso indebido; toda vez que, en el indicado proceso de asistencia familiar no cursa sentencia o auto definitivo que resuelva la cuestión puesta en litis, menos le obligue a la cancelación del monto fijado de asistencia familiar provisional; como así determinó la autoridad de control jurisdiccional demandada, sin considerar la extinción del proceso presentado y el insuficiente poder que adjuntó la apoderada de ex esposa y su hijo.