SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1063/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1063/2017-S1

Fecha: 03-Oct-2017

Fragmento 10

          En   esa   línea,   la   SC   0619/2005-R   de   7   de   junio,   asumiendo   los entendimientos  contenidos  en  la  SC  1865/2004-R  de  1  de  diciembre, precisó   lo   siguiente: ‘“...en  los  procesos  instaurados  de  acuerdo  al ordenamiento jurídico boliviano, en el sentido del orden constitucional, las lesiones al debido proceso están llamadas a ser reparadas por los mismos órganos jurisdiccionales que conocen la causa, lo que implica que quien ha sido  objeto  de  esa  lesión,  debe  pedir  la  reparación  a  los  jueces  y tribunales ordinarios, asumiendo activamente su rol dentro del proceso, a través de los medios y recursos que prevé la ley, y sólo agotados éstos, se podrá  acudir  ante  la  jurisdicción  constitucional  a  través  del  recurso  de