Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1067/2017-S2
Fecha: 09-Oct-2017
II.4.
II.4. Por acta de audiencia de medidas cautelares de 20 de junio de 2017, en la parte resolutiva dispone que: “…realizada la valoración de los elementos de prueba, al no existir el peligro de fuga ni el peligro de obstaculización rechaza la solicitud de detención preventiva solicitada por el Ministerio Público, disponiendo que el imputado Rodolfo Miranda Llanos continúe en libertad” (sic), Auto que fue apelado en audiencia, por lo que el Juez dispuso que sean remitidos los antecedentes ante el Tribunal de alzada (fs. 22 a 28).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad, alcance y finalidad
- III.2. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo