SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1075/2017-S1
Fecha: 03-Oct-2017
II.5.
II.5. El 20 de mayo de 2016, la Administración de la Aduana Interior dependiente de la Gerencia Regional de La Paz de la ANB, planteó recurso jeráquico contra la Resolución de Recurso de Alzada ARIT-LPZ/RA 0390/2016, referente a lo determinado para el ítem B1-53, solicitando la revocatoria parcial de la resolución mencionada y se confirme en su totalidad la Resolución Sancionatoria en Contrabando LAPLI-SPCC-RC-0318/2015. Impugnación que fue admitida mediante Auto de 24 de igual mes y año, donde se dispuso que, a partir de la notificación las partes tenían diez días para presentar sus pruebas de reciente obtención, mismo que fue notificado a la parte accionante el 25 de idéntico mes y año, en Secretaria de la ARIT, al igual que fue notificada la Radicatoria del referido recurso en secretaira de la AGIT (fs. 193 a 196 y 202 a 203).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- III.4.
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- III.5. Sobre el derecho a la defensa
- derecho a la defensa
- el derecho a la defensa se traduce en la facultad de un individuo sometido a contienda judicial o proceso
- lo cual implica el ejercicio de sus facultades en cuanto a la formulación de argumentos y presentación de prueba, lo que asegura la posibilidad cierta de participar en el proceso haciéndose parte integral del mismo; y en sí, defenderse
- III.6. Marco normativo de las notificaciones en los recursos administrativos establecidos en el Código Tributario Boliviano
- “Contra actos consentidos libre y expresamente
- el consentimiento una expresión de la libre voluntad, no existe causa para dar curso a la tutela cuando se advierte este supuesto en los hechos denunciados
- Bajo dicho entendimiento el consentimiento libre y expreso supone la acción voluntaria de la persona de someterse al acto considerado lesivo, sin objetarlo, tomando una actitud pasiva frente al mismo, o en su caso, realizando acciones que no tienden a restablecer el acto considerado lesivo
- actos libre y expresamente consentidos
- III.8. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte