Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1106/2017-S3
Fecha: 20-Oct-2017
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Se encuentra ilegalmente procesado por un hecho de tránsito, pues pese a que en las investigaciones preliminares se estableció un 10% de responsabilidad penal de su persona, el Ministerio Público presentó imputación formal en su contra por el presunto delito de lesiones graves y gravísimas en accidente de tránsito.
Asimismo, interpuso incidente de actividad procesal defectuosa ante la autoridad jurisdiccional, solicitando la nulidad de obrados, dado que su conducta no se subsume al tipo penal y la investigación “está” fuera del control jurisdiccional, sin embargo, hasta la fecha de la interposición de la presente acción, no existe resolución del incidente.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- Fragmento 10
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido. Jurisprudencia reiterada
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR