SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1118/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1118/2017-S2

Fecha: 23-Oct-2017

II.2.

II.2.    Por Auto interlocutorio 162/2017 de 22 de junio, mediante el cual el Tribunal de Sentencia Penal Primero, denegó la solicitud de cesación a la detención preventiva del accionante, fundamentando que si bien, el principio “iura nuvia curia” en el juicio oral público y contradictorio se adecuó la conducta al ilícito de homicidio por emoción violenta, que tiene una pena de dos a ocho años de privación de libertad, a pesar de que el Ministerio Público y la acusación particular, apertura el juzgamiento por el delito de asesinato sancionado con treinta años de presidio, sin derecho a indulto; sin embargo, existen impugnaciones pendientes aún en curso que no permite que el delito previsto en el art. 254 del Código Penal (CP), sea considerado como cosa juzgada formal ni materialmente, impidiendo realizar algún computo que establezca que la detención preventiva que cumple exceda el mínimo legal previsto en el delito juzgado, elemento primordial para la aplicación del art. 239.2 del CPP (fs. 5).