SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1126/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1126/2017-S3

Fecha: 31-Oct-2017

denegó

La Jueza Pública de Familia Octava de la Capital del Departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, por Resolución 4/2017 de 13 de septiembre, cursante de fs. 75 a 81, denegó la tutela solicitada, en mérito a los siguientes fundamentos: 1) La RA Final de Sumario 01/2017, que impuso la sanción, se encuadra al Reglamento de Responsabilidad por la función pública, el Reglamento Interno de Personal del Ministerio de Salud y Previsión Social - Cuarta Versión y al art. 29 de la Ley SAFCO; 2) Los agravios que expuso la accionante en los recursos de revocatoria y jerárquico y que identifica en la presente acción para justificar derechos y garantías vulnerados, fueron considerados por las autoridades demandadas; 3) En la RA de recurso jerárquico se advierte el pronunciamiento sobre los agravios; 4) No es evidente la inexistencia de pronunciamiento a las supuestas lesiones, no siendo necesario que para resolver una impugnación se efectué una extensa argumentación, puesto que solo es preciso que se expongan los fundamentos que sustentan la decisión; y, 5) Por otro lado se observa que la acción de amparo constitucional interpuesta carece de carga argumentativa, puesto que la accionante a efecto de abrir la jurisdicción constitucional para verificar la actividad interpretativa de la jurisdicción común, se limitó a invocar una errónea interpretación por los demandados, sin expresar de manera adecuada y precisa los fundamentos jurídicos que sustentan su posición y demostrar de qué forma se incurrió en la errónea interpretación que a su vez dio lugar a un erróneo resultado, siendo insuficiente la simple enunciación de los derechos conculcados sino que debe identificarse el nexo causal de la decisión que vulneró el derecho.