SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1152/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1152/2017-S1

Fecha: 19-Oct-2017

a)

El accionante por medio de su representante sin mandato, ratificó el contenido de la acción de libertad interpuesta, ampliando manifestó que: a) La primera vulneración de su derecho, fue que la Fiscal de Materia y los funcionarios policiales estuvieron conociendo un hecho que sucedió en otra jurisdicción; b) El 2 de septiembre de 2017 por la mañana, dos funcionarios policías, sin orden de allanamiento, ingresaron al hospital Nuevo Horizonte y delante de los pacientes, procedieron a enmanillarlo y subirle a un vehículo, con rumbo a dependencias de la FELCC de Pampa de la Isla del departamento de Santa Cruz; c) Recién en horas de la tarde, se enteró que existía una orden de aprehensión emitida en su contra de 31 de julio de igual año, que habría sido librada por su inasistencia a una audiencia para prestar su declaración informativa, empero nunca le notificaron; d) Conforme al cuaderno de investigaciones, pudo evidenciar que el 28 de agosto de igual año, la Fiscal de Materia, ya había presentado imputación formal en su contra, a ese efecto, el Juez de la causa, ya había señalado audiencia de medidas cautelares para el 7 de septiembre del citado año;               e) Debido a la existencia de una imputación formal, la orden de aprehensión de la Fiscal de Materia emitida en virtud del art. 224 del Código de Procedimiento Penal (CPP), ejecutada a horas 11:50 de ese mismo día, ya no tenía efecto alguno, dado que la competencia tenía el Juez de control jurisdiccional; f) Al estar ilegalmente privado de su libertad, por más de treinta y dos horas, ¿cómo pretendió el Ministerio Público tomarle su declaración informativa, siendo que anteriormente ya presentó la respectiva imputación formal?, cuyo quantum de la pena, tampoco le facultó a dicha autoridad mantener su aprehensión.