SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1198/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1198/2017-S1

Fecha: 24-Oct-2017

1)

Mediante informe escrito cursante a fs. 105 a 107 de obrados, Katherine Silvia García Rivas y José Ariel Mauricio Aguilar Aguilar, en representación legal de la COMIBOL, señalaron que: 1) El 12 de abril de 2017, fueron citados con una notificación de señalamiento de audiencia en la Jefatura Nacional de la ciudad de El Alto, dentro de la denuncia promovida por el ahora accionante, celebrada la audiencia fueron notificados con la conminatoria de reincorporación JRTEA-BECS-C.R. 35/2017 de 26 de abril, que dispuso el pago de salarios y demás beneficios sociales, conminatoria contra la cual se interpuso recurso de revocatoria por la vía administrativa, misma que se encontraría pendiente de resolución, contándose aun con el derecho de interponer recurso jerárquico que se encuentra previsto por la norma, resultando impertinente y contrario al legítimo derecho a la defensa y segunda instancia, solicitar que la jurisdicción constitucional tutele la presunta vulneración por el incumplimiento de un acto administrativo que a la fecha no se encuentra firme al haber sido recurrido; y, 2) Asimismo, aducen también que el 18 de abril de 2017, la COMIBOL procedió a efectuar el depósito de beneficios sociales a la cuenta del accionante, por un monto de Bs2562,98.- (dos mil quinientos sesenta y dos bolivianos 00/100), toda vez que efectivizado el pago señalado, el accionante debió devolver dicho monto si pretendía optar por su reincorporación, por lo que al no haberlo hecho ha renunciado a su reincorporación, pretendiendo sorprender al Juez de garantías aplicando la norma a su plena conveniencia, entendiendo que puede cobrar beneficios y a la vez solicitar su reincorporación, lo cual resulta incongruente y carente de honestidad, finalizando solicitan se deniegue la tutela impetrada.