Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1198/2017-S1
Fecha: 24-Oct-2017
II.4
II.4.Por Conminatoria de Reincorporación JRTEA-BECS-C.R.035/2017 de 26 de abril, se conmina a la reincorporación inmediata de Eufracio Laura Flores, a su fuente de trabajo en Corporación Minera de Bolivia, al mismo puesto que ocupaba al momento del despido, más el pago de salarios y demás derechos sociales que correspondan a la fecha de reincorporación, notificada a la empresa el 3 de mayo de dicho año (fs. 8 a 12).
- Eufracio Laura Flores
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- I.2.3. Informe del tercero interesado
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1.
- emitiendo si corresponde la conminatoria de restitución en los términos previstos en esta norma, y en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional
- Aclarando que la conminatoria dispuesta por el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, en los alcances del DS 0495, no constituye una resolución que defina la situación laboral de la trabajadora o el trabajador, por cuanto el empleador puede impugnar esta determinación en la justicia ordinaria
- III.2. A
- CONFIRMAR