AUTO CONSTITUCIONAL 0400/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0400/2017-RCA

Fecha: 03-Nov-2017

improcedencia

La Juez Pública Civil y Comercial Séptima del Departamento de Chuquisaca, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 10/2017 de 13 de octubre, cursante de fs. 222 a 225 vta., declaró la improcedencia de la acción de amparo constitucional, con los siguientes fundamentos: 1) No procede la excepción pretendida por el accionante; ya que, las medidas asumidas por los Comandos Departamental y Nacional de la Policía Boliviana, no fueron arbitrarias, existiendo a la fecha trámites administrativos pendientes de resolución; y, 2) El accionante al no recibir una respuesta oportuna en el plazo de seis meses, pudo acogerse al silencio administrativo para luego reclamar judicialmente; puesto que existirían hechos por dilucidar y que deben previamente someterse a trámite judicial en vía de  excepción. 

Con dicha Resolución el accionante fue notificado el 16 de octubre de 2017            (fs. 226), quien por memorial presentado el 19 del mismo mes y año, interpuso impugnación contra la misma (fs. 227 a 229 vta.), dentro del plazo establecido por el art. 30.I.2 del Código Procesal Constitucional (CPCo).