Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0408/2017-RCA
Fecha: 08-Nov-2017
I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
La Empresa accionante a través de su representante estima lesionados sus derechos al acceso a la información, al trabajo digno, a una fuente laboral estable, a dedicarse al comercio, industria o cualquier actividad económica licita, a la libre asociación empresarial, a la propiedad privada individual o colectiva, a la tutela procesal efectiva y al debido proceso, contemplados en los arts. 14, 21, 46, 47, 52, 56, 115 y 349 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- improcedente
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Respecto al principio de inmediatez en las acciones tutelares
- negativo está referido a que el titular del derecho fundamental vulnerado deberá presentar el recurso de manera inmediata, máximo dentro de los seis meses de conocido el supuesto acto ilegal
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- II.3. Análisis del caso en concreto
- CONFIRMAR