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    AUTO CONSTITUCIONAL 0421/2017-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0421/2017-RCA

    Fecha: 16-Nov-2017

    CONFIRMAR

    La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional de conformidad a lo establecido por el art. 30.III del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 014/2017 de 24 de octubre, cursante de fs. 105 a 106 vta., pronunciada por la Jueza Pública de Familia Decimosegunda del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • a)
    • 1)
    • improcedencia
    • II.1. Marco normativo constitucional
    • en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de conocido el hecho
    • Fragmento 8
    • antes de interponer la acción de amparo constitucional, la jurisprudencia constitucional ha determinado que los mismos deben ser los idóneos y efectivos; vale decir, aquellos que se encuentran establecidos por ley para cada situación o caso en particular, no siendo coherente acudir a un medio o recurso legal que se sabe de antemano resultará inviable
    • Fragmento 10
    • II.4. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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