Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2017-ECA
Fecha: 13-Nov-2017
a través de las Salas por las cuales ejerce sus competencias, puede de oficio
Asimismo, el ACP 0015/2014-ECA de 6 de junio, refiriéndose a dicha facultad indicó que: “…el Tribunal Constitucional Plurinacional, después de la emisión de las Sentencias Constitucionales Plurinacionales, en su Sala Plena o a través de las Salas por las cuales ejerce sus competencias, puede de oficio o a petición de parte, precisar conceptos obscuros, corregir errores materiales o subsanar omisiones, sin modificar el fondo de lo resuelto” (las negrillas son nuestras).
- Carlos Pablo Klinsky Fernández, Senador Suplente; Maida Paz Callaú
- I.1. Naturaleza jurídica de la aclaración, enmienda y complementación
- II.
- a través de las Salas por las cuales ejerce sus competencias, puede de oficio
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- i)
- II.1.1. Con relación al art. 10 de la Ley de Identidad de Género
- Fragmento 8
- II.1.2. Con relación al art. 11.II de la Ley de Identidad de Género
- Asamblea Legislativa Plurinacional