SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2017

Fecha: 15-Nov-2017

a)

En el caso presente, corresponde dilucidar el conflicto de competencias suscitado entre la jurisdicción ordinaria y la indígena originaria campesina, determinando si la primera o la segunda es competente para conocer y resolver la supuesta comisión de los delitos de acusación y denuncia falsa, iniciado por Fernando Vásquez Mamani y Silvia Prima Flores Fernández contra Seberina Tórrez Machaca de Ramos y Elvira Mamani Alfonso, en principio, ante la jurisdicción ordinaria, pero que la JIOC del Ayllu Aransaya de Tolapampa reclama su conocimiento y resolución; toda vez, que: a) Las autoridades originarias indígena campesina del Ayllu Aransaya de Tolapampa del Municipio de Tomave provincia Quijarro del departamento de Potosí, a raíz del proceso penal instaurado ante la jurisdicción ordinaria contra miembros de su comunidad -Caso 44/2014-, solicitaron a la autoridad jurisdiccional ordinaria decline competencia a las autoridades originarias del Ayllu Aransaya de Tolapampa: y, b) Sin embargo, la Jueza demandada, a través de proveído de 30 de enero de 2017, cursante a fs. 3, calificó el conflicto de competencia como incidente, otorgando al caso el procedimiento previsto en el art. 314 y ss. del CPP, corriendo traslado a las partes para que respondan de forma escrita en el plazo de tres días; posteriormente, emitió el Auto de 13 de marzo del referido año, declarando infundada la excepción de incompetencia.