SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2017
Fecha: 29-Nov-2017
II.3.
II.3. Cursa la Resolución Sindical de la Comisión Justicia Indígena Originaria, de 29 de mayo de 2016, emitida en la Plenaria del XX Congreso Ordinario de la Federación Sindical Mixta de Trabajadores Agro Mineros, Cocaleros y Autoridades Originarias de la provincia Inquisivi “Tupac Katari-Bartolina Sisa” (FSMTAMCO-PI), por la que, entre otros aspectos, se resuelve por la conformación del Tribunal de Justicia Indígena Originario Campesina de la provincia Inquisivi del departamento de La Paz, para que exista una verdadera administración en -la- solución a los problemas existentes en las comunidades, hasta el nivel provincial, en cuya estructura se encuentra en calidad de Secretario de Actas de la Comisión de JIOC, Emilio Calle García, ahora promotor del presente conflicto de competencias (fs. 143 a 144).
- conflicto de competencias jurisdiccionales
- I.1. Alegaciones de la Autoridad Originaria
- I.2. Resolución de la autoridad respecto de la cual se pide la declinatoria
- I.4. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- Fragmento 15
- III.1. El pluralismo jurídico en Bolivia como único sistema jurídico compuesto por una pluralidad de jurisdicciones en igualdad jerárquica
- Fragmento 17
- III.2. El control plural de constitucionalidad
- 2) Control de competencias
- La jurisdicción ordinaria se ejerce por el Tribunal Supremo de Justicia, los tribunales departamentales de justicia, los tribunales de sentencia y los jueces
- respecto a los ámbitos de aplicación de la jurisdicción indígena originaria campesina el art. 191.II de la CPE, determina que: ‘La jurisdicción indígena originario campesina se ejerce en los (…) ámbitos de vigencia personal, material y territorial
- La jurisdicción indígena originario campesina se fundamenta en un vínculo particular de las personas que son miembros de la respectiva nación o pueblo indígena originario campesino
- Están sujetos a la jurisdicción indígena originaria campesina los miembros de la respectiva nación o pueblo indígena originario campesino
- 1)
- 2)
- 3)
- se aplica a las relaciones y hechos jurídicos que se realizan o cuyos efectos se producen dentro de la jurisdicción de un pueblo indígena originario campesino
- que la jurisdicción indígena originaria campesina: ‘…conoce los asuntos indígena originario campesinos de conformidad a lo establecido en una Ley de Deslinde Jurisdiccional’
- a)
- c)
- III.4. El juez natural como componente del debido proceso
- Juez imparcial aquel que decida la controversia judicial sometida a su conocimiento exento de todo interés o relación personal con el problema, manteniendo una posición objetiva al momento de adoptar su decisión y emitir la resolución»'
- Respecto al juez imparcial este veta la posibilidad de que una persona, una institución o un colectivo se constituya en juez y parte al mismo tiempo pues ello vulneraría el debido proceso en su elemento juez natural
- III.5. Análisis del caso concreto
- Respecto al ámbito de competencia personal
- Con relación al ámbito de vigencia territorial
- Respecto al ámbito de vigencia material