SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1230/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1230/2017-S1

Fecha: 28-Dic-2017

el Tribunal Constitucional concluyó que la norma impugnada era constitucional en el fondo; es decir, que no contraviene ningún principio ni valor previsto en la Norma Suprema, ni vulnera derecho fundamental alguno, sin embargo, es innegable que la norma impugnada nació bajo un procedimiento no reconocido por la Norma Suprema, mediante un Decreto Ley, por lo que la misma es inconstitucional en la forma.

Ahora, es necesario analizar detenidamente los fundamentos jurídicos utilizados en aquella ocasión por el Tribunal Constitucional para dar una solución al problema jurídico planteado, cuyas características son innegablemente similares al caso que es objeto de análisis actualmente, en el que una norma jurídica es considerada inconstitucional no sólo porque presuntamente vulnera principios y derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política del Estado (inconstitucionalidad en el fondo), sino porque se cuestiona también la forma en que esta norma nace a la vida jurídica (inconstitucionalidad en la forma) sin que haya cumplido lo establecido por la Ley Suprema abrogada, cuyo texto establecía que la norma impugnada sólo puede ser creada por el Poder Legislativo y no por el Poder Ejecutivo; ante esta duda el Tribunal Constitucional concluyó que la norma impugnada era constitucional en el fondo; es decir, que no contraviene ningún principio ni valor previsto en la Norma Suprema, ni vulnera derecho fundamental alguno, sin embargo, es innegable que la norma impugnada nació bajo un procedimiento no reconocido por la Norma Suprema, mediante un Decreto Ley, por lo que la misma es inconstitucional en la forma.