AUTO CONSTITUCIONAL 0029/2017-CA
Fecha: 02-Feb-2017
II.4. Análisis del caso concreto
De la revisión de la demanda se tiene que esta acción fue presentada estando pendiente de resolución el recurso jerárquico interpuesto por la AFP accionante, cumpliendo con lo establecido en el art. art. 81.I del CPCo; sin embargo los argumentos que se esgrimen en el memorial de demanda, carecen de fundamentación jurídico-constitucional de acuerdo a lo desarrollado en el Fundamento precedente, puesto que el accionante, si bien señala que el art. 5 del DS 2557 no cumple con el principio de jerarquía, no realizó la correspondiente explicación de cómo ni por qué el mismo resulta contrario al art. 410.II de la CPE, debiendo considerarse que no es suficiente citar uno u otro artículo, sino que es necesario contrastar el contenido de la norma impugnada en contraste con el contenido de aquella con la cual se pretende encontrar contradicción.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- 1)
- no promover
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- el peticionante debe efectuar una fundamentación clara y precisa, acorde a las exigencias establecidas en el Código Procesal Constitucional, en la medida que esta jurisdicción adquiera duda razonable sobre la presunta inconstitucionalidad de la norma legal impugnada
- fundamentación exigida en el art. 24.I.4 del CPCo, cuyo incumplimiento es sancionado con el rechazo de la acción, conforme estipula el art. 27.II. inc. c) del mismo Código
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- II.4. Análisis del caso concreto
- si la acción de inconstitucionalidad concreta
- RATIFICAR