Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0035/2017-CA
Fecha: 13-Feb-2017
RECHAZAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo dispuesto por el art. 27.II inc. c) del Código Procesal Constitucional, dispone RECHAZAR la acción de inconstitucionalidad abstracta, interpuesta por Lidia Mamani Coro, Alcaldesa del Gobierno Autónomo Municipal de Yocalla de la provincia Tomas Frías del departamento de Potosí.
- acción de inconstitucionalidad abstracta
- I.1. Argumentos jurídicos de la acción
- I.2. Petición
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Análisis del cumplimiento de los requisitos de admisión en el caso concreto
- 1)
- por lo que considera que se quebrantó la garantía del debido proceso previsto en el art. 115.II de la Norma Suprema
- Sobre este particular, es preciso señalar que la accionante entre otros aspectos denuncia la contravención del derecho al debido proceso, el cual no corresponde reclamar a través de una acción de inconstitucionalidad abstracta
- RECHAZAR