AUTO CONSTITUCIONAL 0072/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0072/2017-RCA

Fecha: 24-Feb-2017

I.5 Síntesis de la impugnación

El accionante argumenta que, la Resolución 68/2017 de 30 de enero, dictado por el Juez de garantías, carece de análisis y sustento jurídico; toda vez que, el art. 67 de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA) -Ley 2341 de 23 de abril de 2002- establece el plazo de noventa días para la sustanciación del recurso jerárquico y vencido este y no emitirse el fallo respectivo concurre el silencio administrativo negativo; por lo que, no corresponde declarar la improcedencia de la acción de amparo constitucional, por subsidiariedad, pues se agotó la vía administrativa.