Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2017
Fecha: 24-Feb-2017
5°
5° En cumplimiento del art. 275 de la Constitución Política del Estado, el Órgano Electoral Plurinacional deberá revisar el texto ordenado del proyecto de Carta Orgánica Municipal de El Puente presentado a dicha instancia por los representantes de la ETA en los términos de las merituadas DCP 0047/2014, 0083/2015, 0159/2015 y la presente Declaración Constitucional Plurinacional, para su sometimiento a referendo.
- I.1. Contenido de la consulta
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El control previo de constitucionalidad de las normas básicas institucionales de las Entidades Territoriales Autónomas
- III.2.
- resulta improcedente pretender efectuar un nuevo control previo de constitucionalidad a nuevos preceptos incluidos al proyecto de COM o examinar aquellos sobre los cuales este Tribunal ya se pronunció declarando su compatibilidad, aspectos que deben ser considerados por el estatuyente de la ETA de El Puente
- Los demás gobiernos autónomos deben utilizar los idiomas propios de su territorio, y uno de ellos debe ser el castellano
- Control previo de constitucionalidad
- suplencia temporal
- 4°
- 5°