Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2017-S1
Fecha: 02-Feb-2017
II.1.
II.1. El 8 de abril de 2016, la Jueza de Instrucción Penal Quinta del departamento de Santa Cruz en suplencia legal de su similar Cuarto, llevó adelante la audiencia de consideración de aplicación de medidas cautelares dentro el proceso penal seguido por el Ministerio Público a denuncia de Hebert Pablo Aguilera Quiroga y otros contra Patricio Ángel Fukuhara Álvarez –ahora accionante–, por la presunta comisión de los delitos de estafa, asociación delictuosa y estelionato, pronunciando el Auto respectivo, ordenó la detención preventiva a cumplirse en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz “Palmasola” (fs. 27 a 35 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- SE REMITA ANTECEDENTES PROCESALES EN FOTOCOPIAS LEGALIZADAS
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.4. La apelación incidental prevista en el art. 251 del Código de Procedimiento Penal, no puede ser asimilada, efectivizada y aplicada mediante el procedimiento previsto por los arts. 403.3, 404 y 405 del mismo cuerpo legal
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR