SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2017-S3
Fecha: 03-Feb-2017
1)
Sixto Justo Fernández Fernández y Elena Julia Gemio Limachi, Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de La Paz, en audiencia, señalaron que: 1) La acción de libertad planteada es compleja y no es lógica, puesto que menciona tres aspectos incoherentes; 2) Expidieron la Resolución 81/2016 que se encuentra radicada en la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, sin haber sido aún resuelta; 3) Existe evidentemente una (solicitud) de corrección de procedimiento, que fue respondida por Ronald Enrique Castedo Allerding -hoy accionante-, motivo por el cual se sometió al mismo, y ahora plantea otro tipo de situaciones; y, 4) El caso del coprocesado “Gary Prado” es totalmente diferente.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos de activación de la acción de libertad. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR