Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2017-S3
Fecha: 03-Feb-2017
I.1.3. Petitorio
Solicita se declare la “procedencia de la acción”, y se ordene a la autoridad demandada “...se reponga mis derechos al debido proceso, ordenando la reposición de mis derechos al debido proceso dentro del proceso disciplinario en el Centro Penitenciario de Miraflores se me restituya mis derechos de privada de libertad, suspendiendo la ejecución de la sanción disciplinaria hasta que se considere mi recurso de apelación…” (sic).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada en cuanto a la excepcional subsidiariedad de la acción de libertad
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente
- III.2. Análisis del caso concreto
- los medios o mecanismos procesales específicos de defensa idóneos, eficientes y oportunos para restituir sus derechos, estas deben ser previamente utilizadas,
- REVOCAR