SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2017-S3
Fecha: 03-Feb-2017
III.2. Análisis del caso concreto
La problemática central de la presente acción tutelar es la denuncia de la vulneración de los derechos de la accionante por parte de la autoridad demandada por cuanto pese a que presentó recurso de apelación ante el Juez de Ejecución Penal Tercero del departamento de La Paz, respecto a la Resolución 031/2016 de 25 de octubre, la misma fue ejecutada estando pendiente de resolución el mencionado recurso.
Ahora bien, de la revisión de obrados, se tiene que la accionante fue procesada disciplinariamente habiéndose emitido la Resolución 031/2016, mediante la cual se la sancionó con la permanencia solitaria de su celda individual o en aquellas destinadas especialmente al efecto por veinte días calendario de conformidad con el art. 133 inc. 6) de la LEPS concordante con el art. 120 del mismo cuerpo legal (Conclusión II.1.); fallo que fue objeto de apelación por parte de la nombrada a través del memorial presentado el 28 de octubre de 2016, a horas 17:00, ante el Juzgado de Ejecución Penal Tercero del departamento de La Paz (Conclusión II.2.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada en cuanto a la excepcional subsidiariedad de la acción de libertad
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente
- III.2. Análisis del caso concreto
- los medios o mecanismos procesales específicos de defensa idóneos, eficientes y oportunos para restituir sus derechos, estas deben ser previamente utilizadas,
- REVOCAR