Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0017/2017-S2
Fecha: 06-Feb-2017
II.2.
II.2. Corre la Conminatoria de Reincorporación J.R.T.UY./DS. 28699-0495-DL. 0038-CASO 168/2016 de 7 de septiembre, emitida por el Jefe Regional de Trabajo de Uyuni, Jhonny Ramos Arce, por la cual, conminó a la empresa NEWREST BOLIVIA SOPORTE SRL, proceder a la reincorporación del accionante, al mismo puesto que ocupaba a momento del despido injustificado, mas al pago de los sueldos devengados y demás derechos sociales, actualizados a la fecha de pago, con la cual la citada Empresa fue notificada al día siguiente, 8 del mismo mes y año (fs. 7 a 11 vta. y 13.).
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- lo cual significa que la protección estatal otorgada a un dirigente o dirigente sindical, tiene la finalidad de que pueda gozar del ejercicio pleno de sus funciones sindicales, no pudiendo ser despedido por esa su condición evitando de esta forma la restricción a su libertad sindical’.
- Necesidad de interpretar desde y conforme a la Constitución Política del Estado los alcances de protección del fuero sindical
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR