SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2017-S1

Fecha: 02-Feb-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de estafa agravada, en audiencia de consideración de medidas cautelares de 9 de septiembre de 2016, se dispuso su detención preventiva; ante tal determinación, interpuso recurso de apelación incidental; radicando el mismo el 23 de igual mes y año, en la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, señalando inicialmente audiencia para el 4 de octubre del citado año a horas 10:00, que fue suspendida por coincidir en el horario con otra acción de amparo constitucional; siendo reprogramada para el 7 del citado mes y año a horas 8:30, la que no se llevó adelante por inasistencia de uno de los Vocales del Tribunal de alzada; disponiéndose otra para el 18 del mismo mes y año a horas 15:00, la cual tampoco se realizó por la supuesta existencia de un seminario de administradores de justicia al que debían concurrir las autoridades demandadas; hasta la fecha de formulación de esta demanda tutelar no fijaron nuevo día y hora de audiencia; transcurriendo “veintiséis” días sin que se resuelva su impugnación a la detención preventiva, provocando la vulneración de su derecho a la tutela judicial pronta y efectiva y el principio de celeridad; por lo que, al encontrarse privado de su libertad, consideró la actuación de los Vocales demandados como ilegal y arbitraria, contraria a lo establecido en el art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP).