SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2017-S1

Fecha: 02-Feb-2017

III.5.  Análisis del caso concreto

De la lectura de la demanda tutelar y de lo alegado en la audiencia                   de consideración de esta acción de libertad, se tiene que la impetrante de tutela circunscribe su problemática en el hecho de que el 23 de septiembre de 2016, radicó su recurso de apelación incidental contra su detención preventiva en la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; empero, los Vocales demandados señalaron audiencia de consideración recién para el 4 de octubre del citado año; siendo suspendida, tanto las reprogramadas para el 7 como de 18 ambos del referido mes año; sin que hasta la fecha de presentación de esta acción de defensa se fije nuevo día y hora de realización; encontrándose privada de libertad, sin que las autoridades demandadas se pronuncien sobre su situación jurídica, incumpliendo el plazo de los tres días establecido para conocer su impugnación conforme lo dispuesto en el            art. 251 del CPP; razón por la cual, pretende que la jurisdicción constitucional disponga la celebración indefectible de la referida audiencia dentro de término establecido por ley; consecuentemente, sobre la base de lo denunciado por la impetrante de tutela, los hechos constatados por este Tribunal desarrollados en Conclusiones de este fallo; y, conforme a la jurisprudencia constitucional, corresponde analizar la pertinencia o no de conceder la tutela solicitada.