Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2017-S1
Fecha: 15-Feb-2017
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
Por decreto constitucional de 8 de agosto de 2016, se suspendió el cómputo de plazo por solicitud de documentación requerida, reanudándose por decreto de 1 de febrero de 2017, siendo notificadas las partes en similar fecha, a cuyo efecto la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, es emitida dentro del término legal.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II .1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- Fragmento 10
- III.3. Legitimación pasiva de un tribunal colegiado
- III. 4. La celeridad relacionada con el “ama qhilla”
- tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- 2°