Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2017-S2
Fecha: 06-Feb-2017
II.3.
II.3. Por Sentencia 09/10, la Jueza de Instrucción Mixta de Roboré, con el fundamento que los demandantes no demostraron haber sido despojados de su propiedad y no haber cumplido con la carga de la prueba establecida en el art. 1283 del Código Civil (CC), emitió fallo declarando improbada dicha demanda interpuesta por Víctor Hugo y Juan Marcelo, ambos Aliaga Zamorano, en representación de Dolly, Sigfredo, Erlan y Nair, todos Montero Montenegro contra Asunta Cuellar de Panozo (fs. 8 a 12 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- II
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3. El control de constitucionalidad a la luz del principio de razonabilidad frente a una ineficaz justiciabilidad del derecho de propiedad
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo