Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2017-S2
Fecha: 06-Feb-2017
II.6.
II.6. El 7 de noviembre de 2014, la Jueza hoy demandada, en atención al Auto de Vista 13/2014, pronunciado por la autoridad judicial de San José de Chiquitos, falló declarando probada la demanda sobre interdicto de recobrar la posesión y ordenó la restitución del bien despojado, al tercer día de la ejecutoria de la Sentencia, bajo prevenciones de lanzamiento (fs. 15 a 20).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- II
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3. El control de constitucionalidad a la luz del principio de razonabilidad frente a una ineficaz justiciabilidad del derecho de propiedad
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo