SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2017-S2

Fecha: 06-Feb-2017

Fragmento 10

En consecuencia, el debido proceso no solamente se restringe a los actos u omisiones que pudieran ocasionar lesión a derechos y garantías constitucionales, sino que en esencia depende materialmente de la diligencia que los sujetos procesales impriman en causa propia durante la sustanciación del proceso, sea a través de la observancia de plazos y requisitos o a través de la activación de mecanismos procesales de defensa ordinarios, previa a la activación de los recursos extraordinarios constitucionales previstos a efectos de proteger, restablecer y en su caso reparar derechos y garantías constitucionales.