SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2017-S1

Fecha: 15-Feb-2017

Fragmento 22

           De la lectura de la demanda tutelar y de lo alegado en la audiencia de consideración de esta acción de libertad, se tiene que la impetrante de tutela circunscribe su problemática en el hecho de encontrarse indebidamente perseguida, por haberse librado en su contra mandamiento de condena, como consecuencia del procesamiento ilegal al que fue sometida; dado las siguientes actuaciones arbitrarias de las autoridades demandadas: a) Que el Tribunal de apelación, a través del Auto de Vista 94 determinó procedente el recurso de apelación restringida interpuesto por el Ministerio Público contra la Sentencia 32/09 –que la absolvió de pena y culpa de la comisión del delito de tráfico de sustancia     controladas–; declarándola autora y culpable y condenándola a la pena de veinte años de prisión a ser cumplida en el Centro de Rehabilitación     Santa Cruz “Palmasola” y a una multa de quinientos días a razón de diez bolivianos por cada uno de ellos; a pesar de que el recurrente no solicitó la aplicación de la última parte dispuesta en el art. 413 del CPP, sino únicamente su anulación y el reenvío para nuevo juicio; y, sin estar los Vocales codemandados facultados para revalorizar la prueba en segunda instancia ni cambiar su situación jurídica de absuelta a culpable, usurpando funciones que solo le competen al Tribunal de Sentencia y vulnerándose el principio de inmediación de la prueba; y, b) Que la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Auto Supremo 411/2016-RA, declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la accionante, por incumplimiento de los formalismos previstos en el art. 417 del cuerpo legal señalado; sin tomar en cuenta la presentación de memoriales, en los cuales realizó la ampliación de sus fundamentos, precedentes contradictorios y defectos absolutos, supuestamente por no estar previsto en el ordenamiento jurídico, contradiciendo su propia jurisprudencia y doctrina legal, al señalar que está prohibido ampliar la fundamentación del recurso de casación, existiendo casos similares donde se consideró dicha solicitud; evidenciándose una discriminación antijurídica contra su persona. Sobre la base de lo denunciado por la peticionante de tutela, los hechos constatados por este Tribunal a través de Conclusiones de este fallo y conforme a la jurisprudencia constitucional, corresponde analizar la pertinencia o no de ingresar al fondo de la problemática planteada.