SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0056/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0056/2017-S2

Fecha: 06-Feb-2017

a)

El abogado de los accionantes, reiteró los términos de la acción de libertad añadiendo que: a) Se demandó a Industrias Oleaginosas (IOL) S.A. por adquirir el terreno con falsedad material e ideológica, en tal sentido, el Juez Público Civil dispuso suspender la ejecución de la Sentencia de 15 de abril de 2016, anulándose la orden de desalojo; sin embargo, a raíz de un amparo constitucional, se determinó proceder con el desapoderamiento sin considerar la existencia de una imputación formal; b) El avasallamiento es inexistente porque los accionantes no habitan el predio de la litis que es aledaño, por cuanto no desobedecieron ninguna orden de desapoderamiento; c) Existe un Auto interlocutorio que restituyó la posesión de los accionantes sin ejercer violencia, amenaza o amedrentamiento para considerarlo un avasallamiento; d) No se pudo obtener ninguna documentación sobre la presunta acción directa; e) Respecto a la subsidiariedad, debe tenerse presente que el Fiscal tenía conocimiento de las irregularidades por corregir; sin embargo, no lo hizo; y, f) De acuerdo con la jurisprudencia debe denunciarse las ilegalidades ante el juez cautelar; empero, en el caso no existe el informe de inicio de investigación y contrariamente se presentó imputación formal por avasallamiento solicitándose la detención preventiva.