SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2017-S1
Fecha: 23-Feb-2017
II.1.
II.1. Cursa Sentencia 45/2015 de 23 de noviembre, pronunciada por la Jueza de Partido de la Niñez y Adolescencia –ahora Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia y Sentencia Penal Primera– de Montero, del departamento de Santa Cruz, dentro del proceso por violencia psicológica seguido por Isabel Avendaño Barba contra Nohemí Negrete Palacios; mediante la cual declaró probada la demanda principal estableciendo que tanto la denunciada como la denunciante son “maltratadoras” (sic); esta última por el involucramiento pernicioso que hace del menor en las controversias judiciales; por lo que en calidad de medidas de protección del menor, estableció la prohibición de emitir criterios discriminatorios con relación a este, en tanto que a la madre se le prohibió el involucramiento de su hijo en las intervenciones judiciales (fs. 21 a 23).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de los demandados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución
- III.2.
- Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR