Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2017-S2
Fecha: 20-Feb-2017
Fragmento 3
En uso de la réplica explicó que respecto al principio de subsidiariedad, la SCP “146/2014” determinó que la acción versa sobre la vulneración de derechos constitucionales que no tienen relación alguna con la vía ordinaria y la solicitud de tutela es respecto a la restricción del derecho al agua, enfatizando que conforme la SC “1459/2011” nadie puede hacer justicia por sí misma. Finalmente destacando que a la presente acción acompaña más de veinte facturas pagadas por concepto de servicios de luz y agua, alegadas de no canceladas por la demandada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 3
- 1)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Configuración de la acción de amparo constitucional
- III.2. El control tutelar de constitucionalidad y el resguardo a derechos fundamentales
- 2) La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela;
- la carga probatoria a ser realizada por el peticionante de tutela, debe acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica, es decir, en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales establecidos para la definición de hechos o derechos.
- III.3. Análisis del caso concreto
- debe acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas asumidas sin causa jurídica
- CONFIRMAR en todo