Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2017-S2
Fecha: 20-Feb-2017
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Los representantes del accionante aducen como vulnerados los derechos a la libertad, vida, salud, su integridad personal; y, el principio de no discriminación, citando al efecto los arts. 15, 18, 70, 71 y 72 de la Constitución Política del Estado (CPE); 1.1, 4.1, 5.1, 7.1, 3 y 6; y, 25.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- Gustavo Ortega Castillo,
- María Eugenia Saavedra Salazar, Jueza Pública de Familia Décima del departamento de Cochabamba
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- El informalismo
- III.2. De la preeminencia en el resguardo de los derechos a la salud y a la vida de las personas privadas de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo