Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0102/2017-S1
Fecha: 23-Feb-2017
Fragmento 12
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 4/2016 de 24 de diciembre, cursante de fs. 44 a 48 vta., pronunciada por la Sala Social Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, aclarando que no se ingresó al fondo de la problemática planteada.
- acción de libertad
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III.3. La subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
- debe señalarse que es posible la presentación directa de la acción de libertad, prescindiendo de la subsidiariedad excepcional, cuando
- Cuando, existiendo dicha vinculación, no se ha informado al juez cautelar sobre el inicio de las investigaciones, no obstante haber transcurrido los plazos establecidos para el efecto en el Código de procedimiento penal;
- III.4. Análisis del caso
- Fragmento 12