SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0106/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0106/2017-S1

Fecha: 23-Feb-2017

concedió en parte

El Tribunal de Sentencia Penal Tercero del departamento de Oruro, constituido en Tribunal de garantías, por Resolución 007/2016 de 22 de diciembre, cursante de fs. 87 a 94, concedió en parte la tutela solicitada por el accionante, sin disponer nada al respecto; determinación asumida en mérito a los siguientes argumentos: a) Si bien el art. 251 del CPP, establece el plazo y trámite para la presentación del recurso de apelación incidental, la remisión del mismo debe cumplir ciertos requisitos legales y formales, en el caso en concreto la audiencia de consideración de medidas cautelares fue celebrada el 12 de diciembre de 2016, a la que no asistió la representante del Ministerio Público, circunstancia ante la que, el Juez demandado dispuso su notificación a efectos de que pueda ejercer su derecho a impugnar la determinación asumida en ese acto procesal; b) El 13 del mes y año ya referidos, el imputado presentó apelación incidental, impugnación que mereció respuesta de 14 de igual mes y año, a través de la cual se ordenó la remisión de actuados el Tribunal de alzada; c) El 20 de diciembre de 2016, salió del despacho de la autoridad demandada la Resolución de medidas cautelares, habiéndose provisto los recaudos de ley esa misma fecha, evidenciándose una dilación en la emisión de la citada Resolución, vulnerando de esta forma el derecho a la libertad relacionado con el principio de celeridad del accionante; y, d) Se procedió al sorteo del recurso de apelación incidental antes de la notificación con el memorial de demanda tutelar y la remisión del testimonio fue realizada antes de la celebración de la audiencia de la citada acción tutelar, lo que implica que el acto reclamado ya no existe, por lo que no resulta viable dar curso al petitorio de restitución del derecho a la libertad del impetrante de tutela.