SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0120/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0120/2017-S2

Fecha: 20-Feb-2017

II.4.

II.4.  El 2 de junio de 2016, el Juzgado Público Civil y Comercial Sexto del departamento de Beni, pronunció Auto, que corrió traslado a la parte contraria para contestar la apelación. Habiendo fenecido el término de diez días concedido a la parte demandada para la desocupación  y entrega del bien inmueble objeto de autos, dispuso librar el respectivo mandamiento de lanzamiento de conformidad a los arts. 613 y 635 del Código Procesal Civil (aplicable según la Disposición Transitoria Quinta parágrafo V, y disposición transitoria octava Ley 439), toda vez que la Sentencia 12/2012 de 26 de abril, se encuentra ejecutoriada conforme proveído de 8 de mayo de 2012, no pudiendo suspenderse su ejecución por ningún recurso ordinario ni extraordinario, tal como prevé el art. 517 del Código Procesal Civil, debiendo librarse el mandamiento de ley y ejecutarse por el Oficial de Diligencias del despacho, con ayuda de la fuerza pública y facultad de allanamiento en caso de resistencia, así como intervención de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia en caso de existir menores dentro del inmueble (fs. 109)