Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0064/2017-CA
Fecha: 23-Mar-2017
POR NO PRESENTADO
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 26.II del Código Procesal Constitucional, declara POR NO PRESENTADO el Recurso Directo de Nulidad interpuesto por Alfonso Paul Lema Grosz y Valmore Eduardo Donoso Zambrana, Concejales Municipales Titulares del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Tarija contra Williams Joel Guerrero Quiroga, Presidente de la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija, disponiendo el archivo de obrados.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Antecedentes
- a)
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- I.3. Petitorio
- I.4. Trámite Procesal
- II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
- “II. La Comisión de Admisión, en el plazo de cinco días de recibidos los antecedentes originales, observará, si fuera el caso, el incumplimiento de los requisitos establecidos en el Artículo 24 del presente Código, los cuales podrán ser subsanados en el plazo de cinco días. De no subsanarse, la acción, demanda, consulta o recurso se tendrá por no presentada”
- POR NO PRESENTADO