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    DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2017
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2017

    Fecha: 28-Mar-2017

    IMPROCEDENCIA

    El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en            virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 32 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; resuelve, declarar la IMPROCEDENCIA de la consulta planteada, aclarándose que no se hizo una revisión de fondo de la problemática planteada.

    • consulta de autoridades indígena originaria campesina
    • I.1.1. Hechos que motivan la consulta
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.  Naturaleza jurídica de la consulta presentada por la jurisdicción indígena originaria campesina
    • Plurinacional
    • III.4.  Procedimiento para acudir al Tribunal Constitucional Plurinacional
    • no se observa la existencia de una norma oral o escrita de la NPIOC, que se tenga que emplear o se haya aplicado a un caso concreto,
    • i)
    • no siendo su objetivo ser un mecanismo procesal, ni establecer responsabilidad civil por daños, tampoco ejecutar decisiones,
    • IMPROCEDENCIA

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