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    DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2017
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2017

    Fecha: 28-Mar-2017

    Artículo 111. Institutos de la Democracia Municipal.

    ·        En caso de los Distritos Indígenas Originarios Campesinos (IOC), se procederá a la elección de Subalcaldesas o Subalcaldes, mediante las normas y procedimientos propios, mismos que posteriormente deberán ser posesionados por la Alcaldesa o el Alcalde Municipal en su condición de servidores públicos. 

    • I.1. Contenido de la consulta
    • I.2 Admisión
    • 6
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • Control previo de constitucionalidad
    • la
    • Artículo 23. Atribuciones y facultades del Concejo Municipal.
    • a)
    • Fragmento 10
    • el ejercicio de las competencias es gradual porque está sujeto a los recursos económicos, la capacidad institucional y los recursos humanos de la ETA
    • Fragmento 12
    • Artículo 111. Institutos de la Democracia Municipal.
    • mediante las normas
    • Análisis
    • DISPOSICIONES FINALES
    • 3º

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