SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0121/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0121/2017-S3

Fecha: 06-Mar-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 16 de diciembre de 2016, a horas 11:00 Augusto Portugal Chávez, Enriqueta Arguata Flores y Brenda Camacho -ahora demandados-, la última nombrada abogada de los dos primeros, ingresaron al domicilio de la menor AA ubicado en la calle San Salvador 920, zona Miraflores, violentando la puerta de ingreso y golpeando a sus padres, para luego apostarse en el patio de dicho domicilio, impidiendo su entrada y salida incluso al patio de la vivienda.

Ante tales hechos, llamaron a la policía, haciéndose presente en el lugar el funcionario policial -hoy codemandado- junto con otros efectivos del orden, constatando el ingreso y permanencia de los ahora demandados en el inmueble, así como su intención de no moverse del lugar. Luego, ante los reclamos de los padres de la menor AA, estos fueron golpeados por esas personas, frente a lo cual, los funcionarios policiales solo procuraron evitar mayores enfrentamientos, sin poder liberar a la menor.

Al efecto invocó los derechos de la niñez que asisten a la menor AA, “…QUIEN NO PUEDE SALIR AL PATIO DE LA CASA, POR EVIDENTE TEMOR DE SUS PADRES Y HERMANOS A SER GOLPEADOS POR ESTAS PERSONAS…” (sic), la inexistencia de subsidiariedad y los alcances de la acción de libertad en casos de menores de edad, fue determinado mediante la “SCP 1177/2015-S1 de 16 de noviembre”.