SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0127/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0127/2017-S1

Fecha: 09-Mar-2017

II.7.

II.7.  El 13 de abril de 2016, Ramiro Nemesio Coaquira Coaquira, Secretario Abogado del Juzgado de Instrucción Penal Primero del departamento de La Paz, informó que según la revisión de obrados, no existen diligencias para la audiencia de consideración de la excepción de incompetencia en razón de materia planteada, en mérito a que no se cuenta con Auxiliar II encargado de notificaciones desde el 14 de marzo del mismo año, por lo que tampoco se llevó a cabo la audiencia programada para el 16 del indicado mes y año; ante lo que la mencionada autoridad judicial, por Auto de 14 de abril de referido año, declinó competencia, a fin de evitar vicios procesales, disponiendo la remisión de obrados al Juzgado de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primero del referido departamento, en el cual radica la causa (fs. 69 a 70 vta.).