SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0137/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0137/2017-S3

Fecha: 06-Mar-2017

denegó

La Jueza Pública de Familia Cuarta de la Capital del departamento de Tarija, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 03/2016 de 15 de noviembre, cursante de fs. 82 a 87 vta., denegó la tutela solicitada bajo los siguientes fundamentos: a) La Jueza hoy codemandada a través de Auto Interlocutorio 259/2016, explicó de forma clara y concisa las razones por las cuales consideró que en el caso concreto concurrieron los riesgos procesales previstos en la norma adjetiva penal para la detención preventiva del ahora accionante, haciendo mención a la prueba en la que basó su decisión sin que sea necesaria una explicación ampulosa sino más bien la existencia de una fundamentación clara, aspecto que se encuentra presente en dicha Resolución; b) El Auto de Vista 166/2016 pronunciado por los Vocales hoy demandados se encuentra suficientemente fundamentado y motivado puesto que con una simple lectura del mismo se puede inferir la existencia de suficientes indicios respecto a la probabilidad de autoría del ahora accionante así como la existencia de los riesgos procesales que fueron considerados por la autoridad judicial codemandada; y, c) Conforme a la jurisprudencia constitucional, no le corresponde realizar una revisión de la valoración probatoria desplegada por las autoridades demandadas; sin embargo, se advierte que las resoluciones impugnadas no se apartaron de los marcos legales de razonabilidad en la valoración probatoria.