SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0143/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0143/2017-S1

Fecha: 09-Mar-2017

1)

Raymundo Pérez Romero, señaló que: 1) El accionante omitió señalar que el 8 de diciembre de 2015, a causa de varias deudas habría transferido el inmueble a su hija Filomena Chávez Laura –ahora demandada– a través de una minuta; 2) El accionante habría contraído dos deudas hipotecarias con el Banco Fortaleza –adjuntando los extractos correspondientes–, deuda que la ahora demandada se comprometió a pagar; existiendo todavía deudas por regularizarse, mismas que están siendo pagadas por ellos ‒demandados‒; 3) Asimismo, adjunta facturas de agua, luz e impuestos anuales y menciona que existiría otra deuda con Dominga Chambi; y, 4) En la audiencia no se demostró de manera objetiva la existencia de medidas de hecho, y que por el contrario las pruebas presentada por el impetrante de tutela estarían reconocida por Notario de Fe Pública; por lo mencionado, solicitó se declare infundada la presente acción tutelar al no haberse enervado dichos extremos con relación a las supuestas medidas de hecho y a la vulneración de sus derechos.