Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0164/2017-S3
Fecha: 10-Mar-2017
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
El accionante considera lesionados sus derechos a la libertad de locomoción, al debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación, a la presunción de inocencia, así como el principio de favorabilidad, citando al efecto los arts. 22, 23.I, 115.II, 116 y 180.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- Fragmento 6
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- está obligado a verificar y determinar la concurrencia de los requisitos previstos por el art. 233 CPP, para lo que deberá contrastar la solicitud fundamentada del Ministerio Público con los elementos de prueba presentados sobre la concurrencia de los requisitos, en el marco de las normas previstas por los arts. 234 y 235 CPP;
- sino también cuando se rechaza la solicitud de cesación de la detención preventiva, se determine la sustitución o modificación de esa medida o, finalmente, cuando se la revoca;
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR