SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0164/2017-S3
Fecha: 10-Mar-2017
III.2. Análisis del caso concreto
La problemática en la presente acción tutelar se centra en la falta de fundamentación y motivación del Auto de Vista 13/016 de 21 de diciembre de 2016, emitido por los Vocales demandados, por cuanto -a decir del accionante- en relación al art. 234. 1 del CPP no efectuaron una evaluación integral de los test positivos y negativos, puesto que acreditó tener trabajo y familia, existiendo más elementos positivos que negativos por lo que debieron tener por acreditado ese artículo; además, no pueden sostener que es un peligro para la víctima puesto que su persona no estuvo a cargo de la menor.
En ese sentido, de obrados consta que el accionante planteó recurso de apelación contra el Auto de 7 de igual mes y año, mismo que dispuso su detención preventiva en el Penal de “San Roque” de Sucre, mereciendo el pronunciamiento de los Vocales codemandados a través del Auto de Vista 13/016, el cual en su Segundo Considerando admite dicho recurso, previa compulsa del cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos en el procedimiento penal.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- Fragmento 6
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- está obligado a verificar y determinar la concurrencia de los requisitos previstos por el art. 233 CPP, para lo que deberá contrastar la solicitud fundamentada del Ministerio Público con los elementos de prueba presentados sobre la concurrencia de los requisitos, en el marco de las normas previstas por los arts. 234 y 235 CPP;
- sino también cuando se rechaza la solicitud de cesación de la detención preventiva, se determine la sustitución o modificación de esa medida o, finalmente, cuando se la revoca;
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR